Derecho Laboral·Fase I — Sustantivo
Jornada de trabajo
Sección 4 de 15
Diurna
- Máximo 8 horas/día, 48 horas/semana (Art. 116 CT).
- Tiempo trabajado: 6:00–18:00.
Nocturna
- Máximo 6 horas/día, 36 horas/semana.
- Tiempo trabajado: 18:00–6:00.
Mixta
- Máximo 7 horas/día, 42 horas/semana.
- Combina diurna y nocturna sin que la nocturna exceda de 4 horas.
Extraordinaria (horas extras) — Art. 121 CT
- Trabajo fuera de la jornada ordinaria.
- Pago: 50% adicional sobre el salario ordinario.
- Por excepción, trabajo extraordinario continuo no puede exceder de 4 horas diarias.
Excepciones
- Trabajos que por su naturaleza no sean fatigosos.
- Trabajadores de confianza, dirección y representación.
- Conserjes, guardianes y similares.