Derecho Laboral·Fase I — Sustantivo

Jornada de trabajo

Sección 4 de 15

Diurna

  • Máximo 8 horas/día, 48 horas/semana (Art. 116 CT).
  • Tiempo trabajado: 6:00–18:00.

Nocturna

  • Máximo 6 horas/día, 36 horas/semana.
  • Tiempo trabajado: 18:00–6:00.

Mixta

  • Máximo 7 horas/día, 42 horas/semana.
  • Combina diurna y nocturna sin que la nocturna exceda de 4 horas.

Extraordinaria (horas extras) — Art. 121 CT

  • Trabajo fuera de la jornada ordinaria.
  • Pago: 50% adicional sobre el salario ordinario.
  • Por excepción, trabajo extraordinario continuo no puede exceder de 4 horas diarias.

Excepciones

  • Trabajos que por su naturaleza no sean fatigosos.
  • Trabajadores de confianza, dirección y representación.
  • Conserjes, guardianes y similares.